Seminario sobre medio ambiente

El día 6 de agosto la Cámara de Rectificación Automotriz organizó una capacitación para sus asociados sobre dos actuales temáticas ambientales: Empadronamiento BUDURH y Seguros Ambientales.

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Fue dictada por la Lic. Anahi Musa, titular de la consultora BM Ambiental, egresada de la Universidad CAECE en la carrera Gestión Ambiental, quien desde hace una década brinda servicios de asesoria ambiental a empresas de Capital Federal y Gran Buenos Aires. En la actualidad es la responsable del departamento de medio ambiente de la CRA brindando asesoramiento gratuito en consulta vía mail a sus asociados.

Empadronamiento BUDURH

La Resolución 660/11 crea el Banco Unico de Datos de Usuarios de Recursos Hídricos y genera la obligación de registrarse a los usuarios de recursos hídricos (esto incluye principalmente a quienes poseen pozos de abastecimiento de agua y generan vuelco de efluentes líquidos). Todos los usuarios deberán inscribirse de manera obligatoria, y posteriormente renovar esa Declaración Jurada anualmente según lo establece la Resolución 465/13.

Autoridad de aplicación: Autoridad del Agua
Normativa asociada: Ley 10.474 (Modificada por Ley 13.402 y Res. 11/04)
Documentación asociada: DDJJ BUDURH

Tasa mensual

Tasa de Inspección de Funcionamiento y Control de Calidad de Efluentes: el trámite puede realizarlo personalmente el titular del establecimiento o por medio de Facilitadores externos. Los asociados de la Cámara de Rectificación Automotriz cuentan con un valor preferencial en los honorarios profesionales en el caso de que no opten por realizarlo personalmente.

Seguros Ambientales

La Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación obliga a contratar un seguro ambiental de acuerdo a lo que se establece en el Art. 22º de la Ley 25.675 y Resoluciones 177/07, 178/07, 303/07, 1639/07 y 1398/08 (todas de la SAyDS). Deben contratarlo los establecimientos que desarrollen las consideradas “actividades riesgosas” para el ambiente, (listadas en el Anexo I) y los que verifiquen niveles de complejidad ambiental identificados como categorías 2 ó 3 del Anexo II. Para ello es
indispensable que los establecimientos cuenten con el desarrollo de la Fórmula Polinómica para poder conocer su categorización industrial y verificar si su nivel de complejidad ambiental los obliga a contratar el seguro ambiental. El procedimiento para realizar el cálculo está establecido en la Resolución Nº 177/07.

En el caso de los establecimientos radicados en Provincia de Buenos Aires, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) exigió a través de la Resolución 186/12 la presentación en carácter de declaración jurada, de un informe con el correspondiente desarrollo del cálculo del Nivel de Complejidad Ambiental, firmado por un profesional o técnico con incumbencias en la materia, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de proceder a su determinación de oficio.

También puede ser exigida presentación de la póliza en las declaraciones juradas anuales de Residuos Especiales, conforme Disposición 4.059/2009 OPDS.

Respecto a los establecimientos ubicados en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Resolución 2.521/10 de la Agencia de Protección Ambiental dispone que, a fin de obtener o mantener vigentes las respectivas habilitaciones, permisos e inscripciones que otorga esa Agencia, los titulares de las actividades, proyectos, obras o emprendimientos que se presuman como de Impacto ambiental con relevante efecto, deberán contratar un seguro con cobertura de entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño ambiental que su actividad pudiera producir.

Los asociados a la Cámara de Rectificación Automotriz interesados en realizar el desarrollo de la formula polinómica para obtener el nivel de complejidad ambiental de su establecimiento pueden realizarlo a través de nuestros asesores ambientales con un valor preferencial.

Convocamos a todos los asociados a que se sumen a las próximas capacitaciones, ya que la temática ambiental se está posicionando como un item fuerte dentro de las obligaciones legales que deben cumplir los establecimientos.

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